La exalcaldesa de Neiva y exgobernadora del Huila, fue señalada de las conductas punibles de celebración de contrato sin requisitos legales. El año pasado fue condenada a cuatro años de prisión
Por: Cristian Williams, periodista Suregión
El pasado 21 de septiembre del año en curso, en la cárcel El Buen Pastor de Bogotá, la exalcaldesa de Neiva (2004-2007), Cielo González Villa, compareció y fue reseñada de la condena en su contra por el delito de celebración de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales. A la también exgobernadora del Huila (2012-2015) se le concedió el beneficio de prisión domiciliaria en un apartamento ubicado en la Localidad de Chapinero, en Bogotá.
La exfuncionaria fue condenada por firmar un contrato de cooperación con la Secretaría Técnica del Convenio Andrés Bello el 5 de abril de 2005 para el “estudio integral y diseño detallado para el mejoramiento del sistema del acueducto del municipio de Neiva”, por un valor de $360 millones, el cual, según la juez, fue adjudicado directamente y sin el agotamiento de proceso de selección alguno.
En los antecedentes del prontuario delictivo de González Villa, se lee lo siguiente «LEGALIZACIÓN de la captura ante la Dirección del ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO Y CARCELARIO EL BUEN PASTOR DE BOGOTÁ. CANCÈLESE la orden de captura Nº 26 de fecha 19 de septiembre de 2023, impartida en contra de la sentenciada ante las autoridades que conocieron de la misma. LIBRAR BOLETA DE ENCARCELACIÓN DOMICILIARIA a nombre de CIELO GONZÁLEZ VILLA. ORDENAR al Técnico Investigador del CTI de la Fiscalía General de la Nación, disponer el traslado inmediato de la interna CIELO GONZÁLEZ VILLA, CC N°(…), hasta las instalaciones del Establecimiento Penitenciario y Carcelario El Buen Pastor, para que se reseñe y se dé trámite a su judicialización, sea traslada al lugar donde continuará cumpliendo la condena».
El pasado 21 de septiembre, fue desestimada la orden de captura número 26 para darle paso a la 158, la cual representaba la encarcelación domiciliaria, un beneficio legal adquirido por la sentenciada por cumplir los requisitos soportados en el articulo 38B del Código Penal, teniendo en cuenta sus respectivas modificaciones alojadas en la ley 1709 de 2014. No sin antes someterse a la firma de un compromiso previo o acta que se le diligencia a todas las personas que pagan prisión domiciliaria y la respectiva reseña en la cárcel de El Buen Pastor de Bogotá.
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«Se adoptan medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimientos penitenciarios y carcelarios por la prisión domiciliaria y la detención domiciliaria transitorias en el lugar de residencia a personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente al COVID-19, y se adoptan otras medidas para combatir el hacinamiento carcelario y prevenir y mitigar el riesgo de propagación, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica», se señala en el documento.
El acta de compromiso
Un día después de este trámite, la exalcaldesa y exgobernadora, ya contaba con radicado de esta diligencia de la orden de captura, pero no antes de que la Corte Suprema de Justicia a través del Tribunal Superior Decisión Penal Neiva y el Juzgado 005, le hiciera llegar vía correo electrónico un informe completo a la penitenciaria El Buen Pastor, con datos como: boleta de encarcelación, diligencia de compromiso y oficio de traslado.
Según se advierte en las actuaciones procesales, el pasado 26 de septiembre Cielo González Villa fue ubicada en un edificio de la Localidad de Chapinero, cuya dirección exacta conoció Suregión pero nos abstenemos de publicar, en el cual continuará pagando los cuatro años de privación de su libertad.