Desde el 2010 hasta la actualidad Cielo Gonzáles Villa ha tenido que disputar diversos juicios y demandas en su cargo como figura pública. Entre 2011 y 2012 la Procuraduría interpuso tres acciones legales que terminaron inhabilitándola para ocupar cargos públicos de elección popular.
La decisión se dio mientras se desempeñaba como Gobernadora del Huila, argumentando el delito de peculado culposo en el manejo irregular de cuatro mil millones de pesos de regalías del petróleo en 2007, durante su paso por la alcaldía de Neiva. (Ver: Destituyen por 11 años a gobernadora del Huila)
El pasado 7 de octubre del 2014 el Tribunal Administrativo del Huila anuló la sanción de la Procuraduría, que en su momento comprometió la acumulación de varias sanciones y por ende la destitución como funcionaria pública. Un fallo de primera instancia que solo tiene vida jurídica si la segunda instancia, es decir el Consejo de Estado, lo ratifica. (Ver: Suspenden sanción a Cielo González).
Para tratar sobre esta decisión que habré el debate en el departamento, suregion.com.co dialogó con Enrique Dussán Cabrera, actual Magistrado del Tribunal Contencioso Administrativo del Huila.

Suregion.com.co ¿Qué significa que luego de haber sancionado a un ex mandatario de un cargo público del Departamento, se suspendan el fallo?
Enrique Dussán Cabrera: Todo procedimiento administrativo, como sucedió en este caso, es un proceso disciplinario que genera un acto administrativo susceptibles de ser suspendidos provisionalmente. ¿Qué significa esta medida cautelar? Mientras se adelanta el proceso y se llega a la sentencia definitiva, el acto administrativo pierde vigencia y se suspende la vigencia del mismo, no se puede aplicar.
Jurídicamente hablando lo que ha sucedido es que con la demanda presentada contra la Procuraduría General de la Nación, se observó, de acuerdo a los documentos presentados, que los procesos tenían algunas falencias: las sanciones y sobre todo la ejecución del acto fue con posterioridad al término legal que tenía para hacerlo, siendo este de cinco años. Es decir que la sanción se la impuso y notificó después de los cinco años. Al realizarlo es evidente que es ilegal.
Desde esa perspectiva es que los actos administrativos sanatorios fueron suspendidos provisionalmente, si en el trascurso del proceso se llega a desvirtuar ese hecho de que se hizo en término, porque el Tribunal pudo haberse equivocado en la interpretación, o los términos hayan sido suspendidos por alguna razón, habrá que analiza en la sentencia esos hechos que la argumenta; pero en principio lo que se ha hecho es que con la demanda se demostró que se había hecho con posterioridad al termino establecido en la ley, por eso se suspendieron provisionalmente esos actos administrativos.
Suregion.com.co En caso de darle la razón a la ex – mandataria en la sentencia definitiva ¿qué medidas debe plantear el estado para reivindicar sus derechos o su cargo como gobernadora del departamento?
E.D.C.: Estas demandas son en acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Regularmente como las demandas generan un restablecimiento, ella debe quedar con los derechos que en su momento fueron vulnerados. Dado que no hacen alusión a cuando ella fue gobernadora del departamento, entonces no podemos hablar necesariamente que se genere un reintegro a la gobernación, lo que se está solicitando es una indemnización. Recordemos que las reparaciones o los restablecimiento de los derechos tiene muchos matices, uno de ellos es la indemnización en lo contencioso administrativo y en general en demandas contra el Estado. Si no es posible, existen varias formas de buscar que esa persona quede indemne, lo que se reconoce como reparación integral.
Suregion.com.co ¿Qué acciones realizar para que en los procesos administrativos no se cometan errores de esta índole?
E.D.C.: El Ministerio Público adelanta unas actuaciones administrativas y al tomar las decisiones lo toma con los elementos de juicios que han sido incorporados a esos procesos administrativos. En consecuencia, como en este caso puntual, fue porque se hizo con posterioridad al término de los cinco años; es probable que por alguna situación puntual los empleados públicos hayan contado inadecuadamente los términos.
¿Qué se puede hacer en esos casos? Tener presente que la ley establece unos términos dentro de los cuales se deben tomar las decisiones, cuando la ley da a los servidores públicos unos términos, el hecho de pasarnos de ellos significa que lo estamos tomando irregularmente.
Suregion.com.co En este caso, ¿Cuáles son las consecuencias de la sanción?
E.D.C.: La consecuencia de la sanción fue la suspensión de los cargos y del hecho que no podía ser servidora pública. Al levantarse esas sanciones genera inhabilidades y en determinados casos incompatibilidades. Al no tenerlas podrá ser servidora pública si es el interés que ella tiene. Las consecuencias prácticas de una decisión judicial que busca anular un acto administrativo es que las cosas vuelven a su estado anterior
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