El documento interpuesto por el Profesor y ex aspirante a la Rectoría, Jaime Polania ante el Consejo Superior, en el que proponía suspender el acto administrativo Resolución No. 002 de 2014, mediante el cual designa la terna; las consideraciones interpuestas al respecto el candidato Gustavo Briñez, el concepto Jurídico del Ministerio de Educación Nacional, y la posterior petición del aspirante Jesús María Peña de suspender el proceso para que sea analizado; y la comunicación pública de algunos sectores de los estudiantes de la Universidad Surcolombiana que piden a los entes externos no truncar la designación, han sido protagonistas en la última etapa del proceso de elección de Rector en la Universidad para el periodo 2014-2018.

El detonante: la edad de retiro forzoso

El 23 de enero el profesor y ex aspirante a la Rectoría, Jaime Polania interpuso ante el Consejo Superior de la Universidad Surcolombiana un documento en el que solicitaba la suspensión provisional del acto administrativo y la reconsideración de la Resolución No. 002 de 2014, que estipulaba los ternados.

El documento consideraba que “la inclusión de los mencionados docentes, Pedro León Reyes Gaspar, Jesús María Peña Bermúdez Y Gustavo Briñez Villa, estuvo rodeada de bastantes inconsistencias que debe implicar la reconsideración de la terna y una revisión mucho más rigurosa, en términos de la experiencia certificada y aún más grave, en cuanto a de la situación administrativa, de los profesores, JESUS MARIA PEÑA BEMUDEZ Y GUSTAVO BRIÑEZ VILLA, quien hoy gozan de pensión y se encuentran en edad de retiro forzoso”. Además señalaba que la decisión tomada por el Consejo Superior Universitario contravenía el orden constitucional y legal, debido a que viola sus derechos y los de los demás aspirantes, a ser elegidos y considerado como uno de los integrantes de la terna para rector de la Universidad Surcolombiana.

¿Se debía elegir una nueva terna a la Rectoría de la Universidad Surcolombiana? Era la pregunta que en el momento nos hacíamos, esperando que el Consejo Superior de la Universidad estudiará a profundidad el requerimiento para notificar al profesor Polania sobre las determinaciones acerca del caso.

“La edad de retiro forzoso no es aplicable”

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El dos de febrero el Profesor y candidato a la Rectoría de la USCO, Gustavo Briñez, manifestó al Consejo Superior Universitario sus desacuerdos ante el Derecho de Petición interpuesto por el ex aspirante Jaime Polania.

Con base en una argumentación jurídica en el documento aseguraba qué:

“La figura del retiro forzoso establecida en el Decreto 2400 de 1968, no es aplicable al personal administrativo adscritos a los entes universitarios autónomos, tal como lo dispone el artículo 3 de la ley 909 de 2004, ya que estos tienen la facultad constitucional de organizarse, elegir sus directivas, personal docentes, docente y admnistrativo”, agregaba además, que por tanto la Universidad Surcolombiana “no le es aplicada dicha figura legal, dado que se encuentra exceptuada para su personal administrativo, entre ellos lo de Rector; y porque los requisitos para ejercer la máxima autoridad administrativa de dicho ente se encuentran dispuestos en el Acuerdo 075 de 1994 o Estatuto General de la Universidad Surcolombiana, el cual no establece dicha figura como inhabilidad para ejercer el cargo de Rector”. (Ver documento completo).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Por su parte, el profesor y aspirante a Rector de la USCO, Jesús María Peña, considerado en la petición de suspensión de retiro forzoso, en diálogo con suregion.com.co, comentó que hay claridad suficiente emanada de diferentes sentencias de la Corte Constitucional sobre la no aplicabilidad de la edad de retiro forzoso en el proceso eleccionario en la USCO.

Escuchar audio:

 

El concepto jurídico del Ministerio

En un primer momento, luego de interpuesta la petición de derogar la terna a la Rectoría de la USCO, el C.S.U estimó el 21 de febrero se  reuniría para estudiar detenidamente la solicitud.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Para la tarde del miércoles 12 de febrero del presente año (2014) Diana Margarita Pérez Camacho Subdirectora de apoyo a la gestión de las IES del Ministerio de Educación Nacional, arribó a la ciudad de Neiva, con el Concepto Jurídico emanado del ente nacional. Ante los consejeros de la Universidad, fue enfática en advertir la necesidad de suspender e invalidar el proceso de elección y designación de rector de la Institución.

La funcionaria indicó que la edad de retiro forzoso para los servidores públicos es de 65 años, estipulado en el Decreto 2400 de 1968 que en su artículo 31 señala que “todo empleado que cumpla la edad de sesenta y cinco (65) años será retirado del servicio y no podrá ser reintegrado. Los empleados que cesen en el desempeño de sus funciones por razón de la edad, se harán acreedores a una pensión por vejez, de acuerdo a lo que sobre el particular establezca el régimen de prestaciones sociales para los empleados públicos”

Además, entre otras, el concepto considera que atención a lo señalado en Ia Ley 344 de 1996, si se tiene el carácter de docente universitario se podrá laborar hasta los 75 años, como docente. No obstante, para ejercer el cargo de rector de una universidad oficial, se aplica la limitación establecida en el artículo 122 del Decreto 1950 de 1973. (Ver concepto Jurídico MEN)

El Caso Universidad Tecnología de Pereira:
¿La incoherencia del Ministerio de Educación Nacional (MEN)?

Sorpresa y molestia ha causado en algunos sectores estudiantiles y de maestros en la Universidad, al asegurar que es incoherente la presunta inhabilidad en relación al retiro forzoso que enuncia el documento del MEN en el proceso de elección de la USCO, en relación al caso de la Universidad tecnológica de Pereira, toda vez que en las elecciones de Rector en el año 2013, el Ministerio no determinó inhabilidades, pese a ser  esta una institución de carácter nacional como la Universidad Surcolombiana. En el mencionado proceso,  fue elegido Luis Enrique Arango con más de 65 años de edad.

La Universidad Tecnológica de Pereira consideró que, como había un vacío jurídico respecto al tema de edad de retiro forzoso, en uso de su autonomía universitaria reglamentó ese aspecto.

En el caso de la USCO, para el Ministerio de Educación es claro que el proceso de elección de rector de la Universidad Surcolombiana, deberá realizarse atendiendo Io acá señalado (en referencia al Concepto Jurídico), es decir, que las personas incluidas en la terna, deben cumplir con  los requisitos establecidos en los estatutos internos de la institución, y no se encuentren dentro del límite señalado en virtud de la edad de retiro forzoso: “si se tiene el carácter de docente universitario se podrá laborar hasta los 75 años, como docente. “No obstante para ejercer el cargo de rector de una universidad oficial, se aplica la limitación establecida en el artículo 122 del Decreto 1950 de 1973)”, precisó la jefe jurídica”.

¿Y la autonomía de la Universidad Surcolombiana?

Expertos señalan que el concepto del MEN no es de obligatorio cumplimiento. Ese como todo concepto no es vinculante.

Quedó demostrado el pasado miércoles 13 de febrero cuando, ante la exposición de la delegada del MEN, el Consejo Superior sometió a votación las consideraciones jurídicas frente a la edad de retiro forzoso, llegando en tres ocasiones a un empate de cuatro (4) votos a favor y cuatro (4) en contra, que significó la continuidad del proceso, tal y como lo dictan los estatutos de decisión del C.S.U. en concordancia con el principio de autonomía universitaria.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El candidato a la rectoría, Pedro Reyes Gaspar, ha manifestado su oposición a la suspensión del proceso por la condición de retiro forzoso. Cree que si el proceso desde un inicio se ha desarrollado sin la consideración de los 65 años como impedimento para aspirar a la rectoría, es porque puede que el Consejo Superior dentro de su autonomía haya decidió extender la condición. Por tanto la consulta estamentaria debe ser el siguiente paso “Cualquier otra decisión que se tome, que no esté acorde con el Estatuto General de la Universidad generaría más líos jurídicos que los que podamos tener en este momento. No se puede homologar la terna para elegir fiscal que la terna para escoger rector, que lo hace, mediante un proceso un organismo colegiado”, argumentó Reyes Gaspar en diálogo con La Nación.

En medio de pronunciamientos

Hace unos días el aspirante a la Rectoría Jesús María Peña, protagonista de los pulsos jurídicos suscitados devenidos por la consideración del retiro forzoso, radicó un documento ante la Secretaria del Consejo Superior en la cual considera que es pertinente que el C.S.U detenga el proceso de designación de Rector en la Universidad. Considerando que es importante tener los conceptos de juristas especializados en derecho administrativo que clarifiquen todas las dudas surgidas.

Los estudiantes denuncian públicamente

En comunicado conocido por suregion.com.co, estudiantes de las diferentes expresiones y representaciones estudiantiles de la Surcolombiana se pronuncian. (Ver comunicado completo).

"Los estudiantes de las diferentes expresiones y representaciones estudiantiles de la Universidad Surcolombiana rechazamos y denunciamos ante la opinión pública las indebidas maniobras políticas y jurídicas del MEN Ministerio de Educación Nacional que pretenden vulnerar la autonomía universitaria, presionando la suspensión e invalidación del proceso de elección y designación de rector de la Institución. Esta actuación del MEN claramente va contravía del principio democrático establecido en la constitución Política de Colombia y el Estatuto General de la USCO", dice el documento difundido por la red social de facebook.

En el comunicado a la opinión pública, también manifiestan una serie de exigencias. En los concerniente al Consejo Superior Universitario como máximo organismo de dirección y autoridad electoral de la Universidad Surcolombiana, le expresan la importancia de garantizar la continuidad del proceso de consulta testamentaria a realizarse el día 13 de marzo de 2014. Al presidente Juan Manuel Santos y la ministra María Fernanda Ocampo le reclaman el respeto por la Autonomía Universitaria consagrada en la constitución política nacional y la ley.

Así mismo, a la Mesa Amplia Nacional Estudiantil, la Federación Nacional de Representantes Estudiantiles de las IES y la Representante de los Estudiantes al CESU, los invitan a respaldar y acompañar sus denuncias y exigir respeto a la Autonomía Universitaria y la autodeterminación de las Universidades del País.

Finalmente, invitan a los aspirantes que han sido ternados para enfrentar el proceso de designación de Rector, a mantenerse en la terna, y competir electoralmente de acuerdo con sus propuestas programáticas y lo establecido en el acuerdo 048 de 2013 y no hacer juego, a lo que consideran, intereses externos de la comunidad académica.

Aún falta que el Consejo Superior de total normalidad al proceso. Hasta el momento la terna se mantiene y el cronograma depará para el próximo 13 de marzo la jornada de sufragios que designará al candidato con mayor cantidad de votos, como nuevo Rector de la Universidad Surcolombiana.

Información en desarrollo…

 

Seguimiento:

Ver: miradas sobre la universidad del sur colombiano

Ver: definidos tarjetones para candidatos a la Rectoría de la USCO

Ver: las controversias en el proceso de elección de Rector en la USCO

Ver: la elección de Rector en la USCO: un pulso constante