La tierra en Colombia ha estado en disputa desde siempre. Su propiedad y uso hizo que germinara un conflicto de lleva más de 50 años e iniciará en 2012 un proceso para su terminación. Lo que suceda con la tierra en el país sustentará las bases de la reconciliación o agudización de conflictos políticos, sociales, económicos, culturales y armados en el país.

La reflexión construida en el Tercer Laboratorio de Paz, Campesinos, tierra y desarrollo rural, realizado en el año 2011, indica que “el control y la concentración de la tierra constituyen un elemento central en la historia rural de Colombia. La ocupación espacial histórica del territorio, los procesos de colonización agraria y de asentamientos poblacionales, la ausencia del Estado, han conllevado a una alta concentración de la tierra y constituyen elementos críticos de la realidad agraria y rural y son generadores de violencia”.

Evidencia de la concentración de la tierra en el país, es que de las 21,5 millones de hectáreas que se estima tienen aptitud agrícola, tan solo 4,9 millones son utilizadas para el desarrollo de actividades agrícolas y silvoagrícolas. Mientras la actividad ganadera se extiende por 39,2 millones de hectáreas, de las cuales solo el 53,8% tiene aptitud para desarrollar esta actividad, según datos del Ministerio de Agricultura.

No es ajeno que el desarrollo agrario se ubique como primer punto de la negociación entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, denominado “Hacia un nuevo campo colombiano: Reforma rural integral”; desde un inicio considerado por los analistas como un tema clave en la agenda nacional desde la Ley de Desarrollo Rural del Gobierno y el Programa Agrario de la guerrilla de las FARC.

Aunque el acuerdo se logró tan solo seis meses después de iniciada la discusión en la mesa de diálogo de La Habana en el año 2012, el debate sobre el desarrollo agrario en el país no cesa y de alguna manera reitera el precepto de los negociadores en Cuba: «Nada está acordado hasta que todo esté acordado» -sobre todo porque es un asunto disertado amplia e históricamente por las comunidades desde sus procesos-.

Los baldíos al centro del debate

Los baldíos continúan siendo un asunto especulativo en Colombia. Según Carlos Ignacio Carmona, subgerente de Tierras del Incoder en diálogo con El Tiempo, el Estado no sabe con cuántas hectáreas de baldíos cuenta: “hoy no se pueden identificar los baldíos del Estado mediante un folio de matrícula inmobiliaria”, agrega el subgerente de Incoder. Precisamente, según la Corte Constitucional (sentencia T-488 de 2014 ), “un círculo vicioso de prácticas erradas que (…) facilita la concentración inequitativa de tierras de propiedad de la nación”. Trasgrediendo “el objetivo central del sistema de reforma agraria: el acceso progresivo del trabajador campesino a la tierra y el mejoramiento de su calidad de vida”.

Precisamente en medio de la discusión y ubicación de baldíos, se dan dos decisiones que generan interrogantes en la sociedad. Por un lado el mencionado primer acuerdo en La Habana sobre desarrollo agrario, que estipula, un programa de formalización masiva de tierra, acompañado de una jurisdicción agraria especial con tribunales y jueces conocedores de los asuntos agrarios. Mecanismo requerido, para la creación del fondo de tierras que incluiría predios adquiridos con dineros ilegales, mediante despojo y baldíos apropiados ilegalmente y que el Estado recupera; retomando la figura de las Zonas de Reserva Campesina.  Y en segunda lugar la Ley que crea las Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico (Zidres), que pretenden desarrollar de manera agraria más de 7 millones de hectáreas. ¿Caben los dos modelos de desarrollo agrario en el territorio colombiano?

“Las Zidres son el desmonte definitivo de las Zonas de Reserva Campesinas”

Las Zonas de Reserva Campesinas están contenida como figura de desarrollo agrario en la Ley 160 de 1994 referida al Sistema Nacional de Reforma Agraria. Se trata, según el profesor de la Universidad Nacional, Dario Fajardo, de “un reconocimiento del Estado a la existencia de comunidades organizadas de colonos, a las cuales considera como interlocutoras para el proceso de estabilización de la frontera agraria”; a quienes el Estado debe garantizar la entrega de baldíos, según la Corte Constitucional (la Sentencia No. C-595/95), al mencionar que “es deber del juez constitucional defender los intereses de las comunidades campesinas y las conquistas históricas a favor de los sectores marginados”.

Por su parte, el proyecto de las ZIDRES surge de la intensión del Gobierno Nacional de darle un uso productivo con un mínimo de inversión pública a los denominados terrenos baldíos de nación, es decir, a las grandes extensiones de tierra no titulada del país, que como ha señalado la Corte Constitucional en la Sentencia No. C-595/95, se entienden como los “bienes públicos de la Nación, catalogados dentro de la categoría de bienes fiscales adjudicables, en razón de que la Nación los conserva para adjudicarlos a quienes reúnan la totalidad de las exigencias establecidas en la ley”.

Organizaciones sociales y campesinas, y Senadores de la República han sido enfáticos en el siguiente argumento para considerar a las Zidres como inconstitucionales: Les niega a los campesinos, a los empresarios nacionales del campo, a los trabajadores rurales y a las comunidades afros e indígenas el ejercicio de sus derechos constitucionales y solo favorece los intereses de los monopolios del agro-negocio mundial y al capital especulativo que los respalda.

Zidres

Infografía tomada de la web

El Senador Iván Cepeda se ha pronunciado al respecto en redes sociales:

¿Qué sustenta la postura? En 1994 la Ley 160 estableció que la ocupación y aprovechamiento de las tierras baldías de la Nación, deben adjudicarse a los campesinos de escasos recursos, y al establecimiento de Zonas de Reserva Campesina que fomenten la pequeña propiedad rural, conserven el medio ambiente y los recursos naturales renovables, bajo los criterios de ordenamiento territorial y de la propiedad rural.

Un año más tarde (1995), la Corte Constitucional reiteró (Sentencia No. C-595/95) que el aprovechamiento productivo de los terrenos baldíos deben estar en función de los campesinos, dentro de las denominadas Unidades Agrícolas Familiares -UAF, entendida como “la empresa básica de producción agrícola, pecuaria, acuícola o forestal cuya extensión, conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio”.

Para el profesor de la Universidad Nacional de Colombia, Daniel Libreros, las Zidres ponen fin a una legislación en pro del campesinado que el conflicto no permitió implementar:

La preocupación desde el ámbito regional y en el marco de la resistencia civil a las políticas extractivistas del Estado, es planteada por el profesor de la Universidad Surcolombiana, Miller Dussán, quien afirma que con la Ley de Zidres las Unidades Agrícolas Familiares (UAF) son despojadas de la capacidad de garantizar la seguridad alimentaria y la conservación de los ecosistemas mediante la limitación del ingreso de corporaciones transnacionales al territorio, es decir, se desmotan su autonomía para evitar ser invadidas:

La preocupación entonces de las comunidades étnicas y campesinas es que desde La Habana les van a imponer una serie de zonas que ya empiezan a ser zonas de desarme, y que se convertirá en zonas de reserva – de paz; y desde el Ministerio de Agricultura las Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico (Zidres). Según el profesor Libreros, dos decisiones que “se imponen por arriba de un orden territorial cuando lo que necesitamos es un territorio auto organizado en función de las necesidades de la gente y de la decisión democrática de la gente”.

¿Quién va a financiar la paz? Es el interrogante que plantea el profesor Dussán para disertar sobre la que considera una contradicción con lo que se planteó en La Habana (Zonas de Reserva Campesinas). Aunque es claro en decir que la negociación en Cuba no va a resolver el problema agrario, lo que se ha acordado en el enfoque territorial “permite el acceso a las corporaciones trasnacionales para que tengan el control de los territorios”. En este sentido, el académico concluye que la paz se financiará con más extractivismo, más impuestos, IVA, endeudamiento externo, reforma tributaria y  la garantía de la inversión trasnacional sobre la economía agraria (Zidres). “No es una estrategia de conciliación, es decir las Zidres y las Zonas de Reserva Campesina no pueden competir en términos de mercado. El Estado no va a permitir que ellas se desarrollen de manera autonómica con una capacidad de gestión, ya estaban diciendo que la Ley 160 y las Zonas de reserva campesina eran subversivas, porque en última instancia lo que pretendía las Farc y estos grupos era mantener una autonomía, es decir las viejas repúblicas independientes. Entonces se va a gestar otra forma de economía que no hace parte del mercado global y entonces hay que destruirlas”, agrega Dussán.

Ante este panorama que concentra y concentrará el debate en un posible posacuerdo, las comunidades étnicas y campesinas han decidido exigir con movilización social el respeto de la autonomía económica en los territorios y los ecosistemas; la defensa de los territorios con un enfoque ecosocial, es decir, de control político por parte de las comunidades para contraponerse a la estrategia económica del Estado y las trasnacionales.

Fotografía principal cortesía de Paulina Yáñez Vargas