El resultado de las votaciones en el Senado sobre el proyecto que buscaba reglamentar el matrimonio igualitario polarizó de nuevo al país. La propuesta presentada por el senador Armando Bennedetti, fue negada por el legislativo con una votación de 17 votos a favor y 51 en contra.
Como era de esperarse el resultado ha generado en los foros virtuales de los diferentes medios de comunicación del país manifestaciones de inconformidad y rechazo.
Colombia pudo ser el decimo quinto país en autorizar el matrimonio entre iguales, (Holanda, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Argentina, Dinamarca, Uruguay y Nueva Zelanda, Francia) sin embargo, prevalecieron preceptos “morales”, religiosos y conservadores que castraron la posibilidad a los homosexuales de contraer una unión matrimonial civil de la misma manera en que lo hacen las parejas heterosexuales.
El debate concluyó en que desde el próximo 21 de junio las parejas del mismo sexo podrán, ante un notario exigir que se legalice su unión pero sin atribuirles el calificativo de matrimonio, pues este según la Corte será destinado solo para la unión entre un hombre y una mujer. Así pues, los notarios realizarán la unión “contrato de solemnización del vínculo marital entre personas del mismo sexo” que a diferencia de Francia y otros países, la objeción de conciencia no tendrá validez.
Resulta confuso el proceso pues la unión marital entre personas del mismo sexo abarca los mismos derechos que una unión matrimonial: divorcio, separación de bienes (…)
Suregión.com.co consultó a Aristides Peña, abogado especialista en derechos humanos. El profesional del derecho considera que “el efecto es conceptual pero también jurídico, pues la base de la discusión es que haya un tratamiento igualitario para toda aquella persona que se quiera casar incluyendo las parejas heterosexuales. La decisión de tiene sus efectos, por un lado no se les trata como iguales al no atribuirles el titulo de matrimonio y también efectos jurídicos, pues desde el derecho el matrimonio es concebido como un contrato, es una unión que genera efectos jurídicos como herencias , derecho a la pensión, en caso de divorcio repartir bienes (…) y la diferencia con la unión marital es que implicando los mismo derechos en la teoría, en la práctica opera solo en algunos casos , derecho a salud por ejemplo, pero no suelen prosperan mucho esto trámites. El reconocimiento al matrimonio permitiría que estos procesos se desarrollaran para las parejas homoparentales”.
El Camino a recorrer de estas comunidades prevalecerá pues según la concejala Angélica Lozano defensora de los derechos de la población LGTBI, acudirían a la Corte Constitucional y por la vía de la tutela intentaran ampliar los derechos que tienen las parejas heterosexuales a las parejas del mismo sexo.
Reacciones:
Dos reconocidos congresistas colombianos interpretaron de forma distinta el fenómeno:
Roberto Gerleín: las cosas permanecen como vienen, no hay esa alteración totoal del régimen civil, del régimen de derechos en este país, era una votación esperada. En Colombia el 80 por ciento de la población es heterosexual.
Camilo Romero: "Nuestros nietos se van a reir de este episodio, por fortuna las sociedades vas más avanzadas que este tipo de congresos, creo que ha sido triste, es el reconocimiento a la negación de las minorias"