El juez 44 de conocimiento señaló dentro de su discurso que “no se hizo el más mínimo análisis individualmente como debe hacerse tratándose de un derecho fundamental como lo es el de la libertad (…) Es deber del juez de control de garantías señalar el caso de violencia contra servidor público cómo se desprende que tal persona efectivamente participó en los hechos en la Universidad Nacional”.
A continuación los argumentos de la decisión: